DEFINICIONES Y CÓMO ACTUAR

Preguntas frecuentes


Algunas de las preguntas más habituales sobre la gestión de las colonias felinas

Definiciones


Ley Foral 19/2019

1Animal abandonado
aquel animal no identificado o identificado, cuya pérdida o extravío no se haya puesto en conocimiento de cualquier autoridad competente en el plazo máximo establecido por la normativa; y, en general, aquel animal respecto del cual su propietario/a o poseedor/a, de forma consciente y expresa, ha renunciado a su propiedad y al cumplimiento de las obligaciones de cuidado y manejo establecidos en la normativa aplicable en cada caso. También tendrá la consideración de animal abandonado aquel que, habiendo sido alojado en un centro de animales de compañía, no hubiese sido retirado por su propietario/a o poseedor/a en el plazo acordado. A los efectos de esta ley foral, se considera al animal abandonado como el susceptible de cambio de titularidad en el Registro de animales de compañía de Navarra, a favor del centro de acogida o de la persona que lo acoge o recoge.
2Animal perdido o extraviado
Aquel animal que, estando identificado o sin identificar, deambula sin control, siempre que su propietario/a o poseedor/a haya comunicado su pérdida o extravío a cualquier autoridad competente.
3Animales identificados
Aquellos animales que portan algún sistema de identificación reconocido por la autoridad competente y se encuentran dados de alta en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de Navarra, o en el registro equivalente de otra comunidad autónoma.
4Asociaciones de protección y defensa de los animales
Aquellas entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y cuya principal finalidad sea la defensa y protección de los animales en el ámbito de actuación de la Comunidad Foral de Navarra.
5Entidades colaboradoras
Aquellas asociaciones de protección y defensa de los animales, centros veterinarios y otras entidades, reconocidas y registradas como tales en el ámbito de actuación en la Comunidad Foral.
6Casa de acogida
Domicilio particular registrado y dependiente de un centro de acogida, donde se mantienen animales abandonados o perdidos para su custodia provisional, garantizando el cuidado, atención y mantenimiento del animal en buenas condiciones higiénico-sanitarias.
7Colonia felina
Grupo de gatos que viven en estado de libertad pero dependientes del entorno humano y que se asientan en espacios públicos bajo autorización y control de los Ayuntamientos, las entidades supramunicipales o las comarcas.

Incidencias


Gatos en la calle

1Causas de recogida de un gato callejero

Por norma general, no tienen por qué ser recogidos los gatos de la calle únicamente por encontrarse en la misma.

El servicio de recogida municipal, con la valoración de las personas responsables de las colonias felinas, podrán plantear la recogida de gatos en los siguientes supuestos:

  • Gato extremadamente sociable y confiado, cuya docilidad haga sospechar abandono o pérdida del animal por parte de sus propietarios, e implique vulnerabilidad por encontrarse en la calle: gatos sociables perdidos que pueden tener propietario, o gatos sociables abandonados incapaces de sobrevivir por sí mismos.
  • Gato herido o enfermo que necesita atención veterinaria.
  • Camada de gatos, especialmente en situaciones de peligro para los cachorros por ausencia prolongada de su madre o emplazamiento de alto riesgo para su seguridad vital.
  • Situación de peligrosidad para el animal.
  • Gestión de colonias, labores del método CES/R.

Los gatos ferales no deben ser capturados/recogidos salvo que estén heridos, enfermos o se vayan a esterilizar.

Hay gatos domésticos que tienen acceso al exterior y que pueden recorrer las calles sin estar perdidos ni abandonados.

2Gato adulto en la calle
En caso de que encontremos un gato pidiendo atención, con buen aspecto, sociable y de apariencia casera, deberemos primero comprobar la zona por si pudiese ser un gato de una propiedad cercana con acceso al exterior. Si no parece probable, avisar al Ayuntamiento correspondiente, ya que puede ser un animal perdido o abandonado. Si parece herido o su estado está muy desmejorado debido al abandono es urgente buscarle atención veterinaria de manera inmediata.
3Gato herido
En caso de encontrar un gato herido es urgente proporcionarle asistencia veterinaria, procura quedarte en el lugar mientras avisas a la autoridad municipal competente, o, en caso de que ésta no responda o no acuda, ponte en contacto con una protectora de animales para intentar responder a la urgencia de la situación.
4Camada de gatitos

Camada en apariencia huérfana. Si encontramos gatitos lactantes (ojos cerrados, no caminan, orejas pegadas a la cabeza) debemos tener en cuenta que las gatas callejeras pueden cambiar la ubicación de los cachorros durante la crianza. Normalmente la madre siempre anda cerca, por eso no debemos manipularlos si están bien escondidos, o moverlos lo justo para ponerlos apartados del tránsito, y esperar a una distancia prudencial, o volver un par de horas después, para comprobar si la madre ha vuelto y está con ellos o se los ha llevado. Se recomienda avisar a una protectora para que evalúe la situación antes de decidir recogerlos. Si después de un tiempo los gatitos siguen en el mismo sitio, fríos y maullando, habrá que ponerlos a resguardo, darles calor, y alimentarlos con leche maternizada especial.

Camada en mala ubicación. Si encontramos cachorritos de gato de más de un mes (ojos abiertos y caminan por ahí), deberemos tener en cuenta que quizá la madre ande cerca. Habrá que valorar si están en buen estado de salud, o si están en una zona de peligro (carretera cercana por ejemplo) o si aún sean pequeños para separarlos de la madre. Si tienen síntomas de enfermedad o accidente, avisar a una protectora de la situación.

A tener en cuenta:

  • Las camadas de gatos de menos de un mes (ojos cerrados, orejas pegadas a la cabeza) no deben ser movidas de su ubicación si no existe un peligro grave.
  • Las camadas de gatos de menos de un mes solo se recogerán si se tiene la certeza de que no hay una gata en la zona (su madre) que pueda criarlos (después de esperar un tiempo prudencial y asegurarse de ello).
  • En muchos casos la madre se encuentra cerca y se puede haber ausentado en busca de comida y agua, o los puede estar trasladando a un nuevo emplazamiento, etc. Hay que evitar intervenir en estas circunstancias, salvo que se haya vigilado a ese animal durante un tiempo suficiente como para determinar que está extraviado y necesitado de recogida.
  • Las camadas de cachorros en edad de destete (mes y medio, dos meses) se tratarán de recoger en función de la disponibilidad de las asociaciones de protección animal para ponerlos en vías de adopción. No deberán ser recogidos si no es estrictamente necesario y no se sabe qué hacer con ellos a continuación.
  • Resulta muy importante para el estado de salud físico y mental del animal la permanencia con la madre en período de lactancia, que se prolonga habitualmente hasta las 6-8 semanas. No se debería retirar ni manipular al animal antes de ese tiempo.
5¿Problema de gatos en tu localidad?

Éste es un problema habitual común a la mayoría de municipios de Navarra, y responde en general a la falta de control de la población felina callejera a través de colonias debidamente reglamentadas y atendidas.

La obligación legal de atención a estos problemas corresponde a los Ayuntamientos, que deberán crear y gestionar colonias felinas, protegiéndolas y controlando su población para que no haya problemas de falta de bienestar animal, conflictos vecinales, o situaciones de insalubridad.

Dado que muchos Ayuntamientos no tienen los recursos necesarios para resolver por sí mismos estos problemas, recomendamos dirigirse a una protectora de animales de Navarra en búsqueda de consejo y ayuda, lo cual no debería significar que no se dé parte del problema al Ayuntamiento de la localidad, que debería estar avisado en todo momento de cualquier problema de gatos callejeros que hubiera en el municipio.

Colonias felinas


1Beneficios de las colonias felinas

El establecimiento de colonias controladas repercute positivamente en la población y ofrece ventajas para el vecindario:

  • Reducción o eliminación de los problemas ocasionados por gatos no esterilizados: superpoblación felina, malos olores por marcaje, ruidos por peleas y maullidos…
  • Reducción de casos de gatos muertos por enfermedades y atropellos, y mejora de las condiciones de seguridad y salud pública.
  • Control de la proliferación de otras especies, como roedores e insectos, ya que los gatos son el método más eficaz, natural, ecológico y económico de equilibrio de poblaciones.
  • Reducción de la presencia de alimentadores no autorizados en la zona, reduciéndose la basura y los malos olores por alimentos en descomposición.
  • Reducción de los conflictos entre partidarios y detractores de la presencia de gatos.
  • Mejora de las condiciones naturales y paisajísticas de la localidad, ya que una colonia de gatos en buen estado proporciona atractivo visual y entretenimiento a todo tipo de vecinos y visitantes.
2Establecimiento y registro de las colonias

Las colonias se crean y desarrollan oficialmente según establece la Ley Foral 19/2019 y el Decreto Foral 94/2022. El Ayuntamiento tiene la obligación de contar con un registro público actualizado de las colonias felinas y sus ejemplares.

Además de lo anterior, en las colonias creadas deberá figurar uno o varios carteles con la siguiente información:

  • Indicación de colonia controlada con sello/escudo del Ayuntamiento y número de registro de la colonia.
  • Indicación de la prohibición de alimentarlos sin autorización y causarles cualquier tipo de molestia, con referencia a las normativas correspondientes.
  • Breve explicación del proyecto de gestión de colonias felinas, método CES/R, y beneficios de la colonia autorizada y controlada.
  • Forma de contacto con la entidad responsable de la gestión de la colonia.
3¿Los Ayuntamientos tienen la obligación de alimentar a los gatos de las colonias?

Los Ayuntamientos son responsables de la gestión y mantenimiento de las colonias felinas. La alimentación con pienso seco es parte del mantenimiento de la colonia. Artículo 61 del Decreto Foral 94/2022.

Respecto a los gatos que no pertenecen a una colonia felina, que en ese caso pueden ser gatos abandonados, extraviados, merodeadores, comunitarios, etc, el Ayuntamiento tiene la obligación de recogerlos en un centro de acogida o gestionarlos por medio de la creación de una colonia felina dependiendo de si son gatos sociables o no sociables.

Fuente: Bienestar Animal Gobierno de Navarra.

Método CES/R

1¿Qué es el Metodo CES/R?

Es una medida de control poblacional de gatos ferales que consiste en la captura, esterilización y suelta o retorno de los gatos callejeros en su colonia de origen. De este modo se controla la población felina y se reducen las molestias a vecinos/as, evitando problemas de convivencia. Las labores de captura y esterilización deben realizarse una vez puesto en marcha el resto del proceso del método de gestión ya que comenzar sin una organización previa puede poner en riesgo todo el programa, capturando primero sin saber qué se hace con los animales después. El censo y acondicionamiento del entorno comienza antes y puede continuar en paralelo con la campaña de captura y continuar después. Estas labores se llevarán a cabo preferentemente en época invernal, entre octubre y marzo, para evitar los meses más activos de celo. Las personas que las realicen deben estar debidamente formadas y con todos los medios necesarios, incluidas instalaciones para la custodia de los gatos durante los períodos pre y post-quirúrgico.

2C (captura)
  • Generalmente con jaula trampa.
  • Integrar la captura dentro de la rutina alimenticia de los animales. Para ello resulta fundamental tener contacto con las personas que suelen facilitar alimento a los gatos (estén autorizadas o no).
  • Privar de alimento las 24 horas antes de la colocación para tener más éxito.
  • Vigilancia constante de la jaula cuando está colocada y cubrirla con una sábana o similar en cuanto un gato queda atrapado para evitar lesiones. No se deberá dejar la jaula desatendida nunca.
  • En ningún caso se dejará la jaula activada durante la noche si no hay presencia humana constante.
3E (esterilización)
  • El animal deberá contar con un estado de salud adecuado para ser sometido a una intervención de este tipo. En caso de detección de animales heridos o enfermos, estos deberán ser atendidos previamente. Será labor del servicio veterinario valorar y decidir la intervención de esterilización según el estado de salud del animal.
  • Los gatos son trasladados al veterinario dentro de la jaula trampa.
  • Las pautas a seguir serán siempre las que indique el veterinario que atienda al animal.
  • Se aprovecha la sedación para un chequeo general, identificación, vacunación y otras atenciones que se vayan a realizar.
  • Una vez realizada la esterilización se realiza una marca en la oreja para su identificación visual una vez de vuelta en la colonia. También se rellenará la correspondiente ficha clínica, la siguiente información como mínimo:
    • Foto del animal.
    • Datos del animal (sexo, edad aproximada, peso, capa/pelaje).
    • Colonia de procedencia.
    • Datos de la persona voluntaria
    • autorizada que se ocupa de esa colonia (nombre y apellidos, DNI).
    • Fecha de captura, esterilización y suelta.
    • Resultado de la evaluación sanitaria.
    • Clínica veterinaria donde se realiza.
    • Número de identificación (microchip).
    • Localización de la marca en la oreja.
    • Observaciones.
  • Los machos se mantienen 24h y las hembras mínimo 48h en custodia para los cuidados postoperatorios antes de devolver a su entorno, pero este tiempo podrá variar en función de distintas circunstancias como el estado de salud del animal, el emplazamiento de la colonia y las condiciones climáticas.
  • La custodia posterior se realizará también en la jaula trampa. Se le podrá cambiar el empapador y facilitar comida y agua fácilmente a través de la apertura propia de la jaula trampa. Estas operaciones no deberán ser realizadas en un trasportín convencional, ya que la apertura lateral de la puerta para introducir comida o agua permite la huida del gato muy fácilmente.
4S/R (suelta/retorno)

El gato deberá ser devuelto a su lugar de origen. Un cambio de ubicación puede suponer la pérdida del animal o su muerte, así como la transmisión de enfermedades víricas a otras zonas. Sólo en situaciones excepcionales, debidamente justificadas y registradas, y con un conocimiento y preparación adecuados por parte de las personas responsables de tomar la decisión, podrá un gato ser trasladado a otro emplazamiento distinto al de origen, siempre con la correspondiente adaptación al nuevo espacio.

La suelta del animal en su emplazamiento original se realizará en un lugar con algún refugio cercano para que el gato no salga en modo huida y pueda desubicarse, procurando hacerlo en el mejor momento del día según las condiciones climáticas y el posible tráfico en la zona. Se trasladará al gato dentro de la jaula cubierta hasta su colonia, y a continuación, si es posible por el comportamiento del animal, se le dejará con la jaula descubierta antes de soltarlo, para que reconozca su entorno e intentar que se tranquilice antes de soltarlo.

Varios


Dudas frecuentes

1¿Es obligatorio poner chip a mi gato?
Sí, en Navarra desde el 30 de noviembre de 2022.
2¿Es obligatorio esterilizar a mi gato?

Ley Foral 19/2019, Artículo 6:

Adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales, esterilizándolos o utilizando cualquier otro método de control compatible con lo regulado en esta ley foral. Los perros y los gatos que puedan tener contacto no controlado con otros perros o gatos deberán estar esterilizados.

3¿Se le puede dar leche a un gato?

Los animales sólo toman leche procedente de la madre durante la lactancia. No hay que darles leche nunca, y menos de vaca, de la de consumo humano.

En caso de gatitos lactantes recogidos sin madre, deberían tomar leche maternizada especial, pero hay que tener mucho cuidado con las tomas, por el riesgo de aspiración.

4Procedimiento ante animales callejeros fallecidos

Ante la recogida del cadáver de un animal, el Ayuntamiento correspondiente deberá proceder de la siguiente manera:

  • 1. Comprobación de la identificación del animal mediante lectura del chip.
  • 2. Realización de fotografías del animal, para una posible identificación posterior por parte de su propietario.
  • 3. Conservación del cadáver durante unos días, por si apareciera alguien reclamándolo.
  • 4. En caso de sospecha de muerte intencionada provocada por una agresión, envenenamiento, etc, se deberá dar parte a Policía Foral o Seprona. Además el cadáver deberá ser trasladado a una clínica veterinaria para realizar una valoración veterinaria destinada a confirmar una posible causa de fallecimiento delictiva.
  • 5. Eliminación del cadáver del animal a través de los medios legalmente permitidos.
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