COMPETENCIAS MUNICIPALES
Las colonias felinas
y los Ayuntamientos
Obligaciones de los Ayuntamientos según la Ley Foral 19/2019
Obligaciones de los Ayuntamientos
"1. Los Ayuntamientos, como medida de protección y control poblacional de los gatos que vivan en estado de libertad en su municipio, deberán establecer colonias felinas, como posible destino de los mismos, por medio de la captura, esterilización, identificación y suelta. Los animales se identificarán a nombre del Ayuntamiento competente en la vigilancia y el control sanitario de la colonia. [...]"
Artículo 17 Ley Foral 19/2019
"Los Ayuntamientos, las entidades supramunicipales o las comarcas deberán: a) Ejercer las actividades de recogida, alojamiento y mantenimiento de los animales abandonados o extraviados, así como la gestión de las colonias felinas. [...]"
Artículo 22 Ley Foral 19/2019
Modelo de gestión de colonias felinas
Son los Ayuntamientos los que tienen una obligación legal respecto a la gestión de las colonias felinas y la atención a los animales callejeros. Sin embargo, en la mayoría de casos las entidades locales no tienen conocimiento o medios suficientes para cumplir con sus competencias. Es por esto que las asociaciones ofrecen su servicio a los Ayuntamientos, no para asumir sus funciones sino para ayudarles a llevarlas a cabo, porque el modelo adecuado es aquél en el que la Administración se compromete en el cumplimiento de sus obligaciones y que, al mismo tiempo, permite la participación de entidades protectoras, que aportan su conocimiento y experiencia. Sin olvidar la gran ayuda procedente del voluntariado.
Servicio a los Ayuntamientos
A través del proyecto Su Quinta Pata, las asociaciones Egapeludos y Katx ayudan a los Ayuntamientos en la gestión de las colonias felinas de sus localidades, según establece la Ley Foral 19/2019 y su desarrollo reglamentario.
El servicio que se presta está basado en tres pilares:
- Ayuntamiento: asume sus obligaciones legales en materia de colonias felinas (Ley Foral 19/2019), facilita un presupuesto y firma el convenio de colaboración.
- Asociación colaboradora: coordina las distintas tareas, gestiona el voluntariado y ejecuta el presupuesto municipal.
- Voluntariado: totalmente necesario e imprescindible para la atención y cuidado de los gatos callejeros.
Organización colonia felina:
Desde la aprobación de la Ley Foral 19/2019 hemos trabajado en la gestión de las colonias felinas de los siguientes Ayuntamientos:
Estella, Tafalla, Viana, Mendavia, Andosilla, Puente la Reina, Lerín, Yerri (Azcona), Villatuerta, Sesma, Arróniz, Allo, Oteiza, Obanos, Améscoa Baja, Dicastillo, Cirauqui, Guesálaz (Lerate), Igúzquiza, Murieta, Mendaza, Eulate, Uterga, Adiós, Morentin, Larraona, Aranarache y Barbarin.
Estos son los pasos que solemos seguir para la gestión de las colonias felinas:
01
Reunión con Ayuntamiento
Reunión con Alcaldía o la persona responsable del servicio en el Ayuntamiento, para explicar los fundamentos del servicio, su base legal, pasos a seguir, límites del alcance del servicio, gestión de las incidencias, etc.
02
Comunicación a vecinos/as
Se anunciará el proyecto de control de la población felina y se convocará a las personas interesadas a una reunión junto a los responsables del proyecto.
03
Reuniones con vecinos/as
Con el fin de recoger la problemática de la localidad, fomentar y disponer de voluntariado (totalmente necesario), informar sobre el programa municipal de gestión de colonias felinas, etc.
04
Censo de zonas y ejemplares
Se realizará una visita a los distintos lugares de la localidad en los que haya una presencia habitual de gatos callejeros, y a partir de aquí se elaborará un censo que permita establecer un plan de trabajo y sus prioridades.
05
Establecimiento de colonias
Las colonias con las que se empiece a trabajar se crearán y desarrollarán oficialmente según establece la Ley Foral 19/2019 y su desarrollo reglamentario. De manera especial se cumplirá debidamente con la normativa en materia de vacunación e identificación de los animales ferales.
06
Formación y autorización
Las personas voluntarias para el cuidado y/o alimentación de los gatos serán debidamente formadas para el correcto desempeño de sus funciones. Una vez superada la formación, recibirán la acreditación correspondiente que reconozca y ampare su labor.
07
Desarrollo del CES
Consistente en la Captura, Esterilización y Suelta de los gatos callejeros, según la prioridad establecida. De este modo se controla la población felina y se reducen las molestias a vecinos/as, evitando problemas de convivencia.
¿QUIERES COLABORAR?
Contacta con Su Quinta Pata
info@suquintapata.org
Colaboración
Voluntariado
Necesitamos personas voluntarias en las distintas localidades para cuidar las colonias y sus animales.
Información
Encuesta
También puedes ayudarnos rellenando una breve encuesta para conocer la situación de las colonias de gatos de tu localidad.